« Back to Menu
¿Qué pasará con mis beneficios de SCRIE cuando yo muera?
En el caso de su muerte, la Oficina de SCRIE deberá ser notificada en un plazo de 30 días, los beneficios de SCRIE se revocan con vigencia al primer mes siguiente a la fecha de su fallecimiento, a menos que exista un miembro de la familia sobreviviente que sea elegible para recibir una transferencia de sus beneficios de SCRIE.
Dicho familiar deberá enviar una carta de solicitud a la Oficina de SCRIE, junto con una copia del Certificado de Defunción, y prueba de su propia fecha de nacimiento.